Contrato de Arrendamiento de Plaza de Garaje

Este contrato es el acuerdo, por escrito, al que llegan estas dos personas por el que el arrendador cede la plaza de garaje al arrendatario por un periodo de tiempo determinado, a cambio de una compensación mensual fija u otros pagos.

Cualquiera de ellas puede celebrar este contrato; no obstante, si una de estas partes no es una persona jurídica (una sociedad o una empresa o cualquier otra persona jurídica), deberá estar representada por sus responsables o por uno de ellos y, en su ausencia, por otro empleado autorizado por ellos.

 Si alguien no es propietario del vehículo que va a ocupar la plaza de aparcamiento y sólo lleva a cabo un negocio de alquiler con vehículos propiedad de terceros, deberá firmar este Contrato sólo en su nombre.

El periodo de validez de este contrato será de un año como máximo.

El arrendador (la persona que alquila la plaza de aparcamiento) cede la plaza de aparcamiento al arrendatario (la persona que alquila la plaza de aparcamiento) por un periodo de un año, y a cambio recibe una renta mensual.

Contrato-Arrendamiento-Plaza-Garaje

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